Regularización extraordinaria 2026: implicaciones para contratar personas extranjeras en la empresa.

Contratación en la empresa de extranjeros regularizados.

Hasta la entrada en vigor del RD 316/2026, contratar a una persona extranjera en situación irregular exigía tramitar un arraigo social o laboral, o acudir a la contratación en origen a través del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. En todos los casos, la persona trabajadora no podía incorporarse hasta obtener la resolución favorable, lo que podía demorarse meses.

Con la regularización extraordinaria, la comunicación de inicio de la tramitación habilita provisionalmente para trabajar desde el primer día, en cualquier sector y en todo el territorio nacional. La empresa puede formalizar el contrato y dar el alta en la Seguridad Social de forma inmediata, sin esperar a la resolución definitiva. El documento que debe verificar la empresa es la comunicación de inicio emitida por la UTEX, no el simple justificante de presentación.

Los requisitos que debe cumplir la persona solicitante son: haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026, acreditar una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de la solicitud y carecer de antecedentes penales. El plazo de presentación de solicitudes comprende del 16 de abril al 30 de junio de 2026 y la resolución debe dictarse en un máximo de tres meses. La autorización concedida tiene una vigencia inicial de un año, tras el cual la persona deberá incorporarse a las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería para su renovación.

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