Modelos 233 y 179. Declaraciones informativas nuevas.

Asesor modelos 233 179Declaraciones informativas nuevas. Modelos 233 y 179.

Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos:

En cumplimiento de la Orden HFP/544/2018 de 24 de May, se crea el modelo 179, de Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, a presentarse desde el 1 al 31 de enero de 2019. Este modelo tendrá una periodicidad trimestral, debiendo presentarse durante el mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural.
Excepcionalmente, la declaración correspondiente al ejercicio 2018 tendrá carácter anual, debiendo presentarse en las fechas establecidas en el apartado anterior.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 179?

Este nuevo modelo está orientado a las plataformas de alquiler y a páginas como Airbn o Wundu. En concreto, la AEAT informa que estarán obligados a presentar el modelo 179 las personas y entidades que presten un servicio de intermediación entre los cedentes y los cesionarios, es decir, cualquier persona o empresa que haga de intermediario entre el dueño de la casa y quien finalmente alquila la vivienda.

Modelo 233. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados:

Se corresponde a la novedad introducida en el artículo 81 de la Ley de IRPF por los Presupuestos Generales del Estado de 2018, estableciendo que el importe de la deducción por maternidad (1.200 euros) se pueda incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Este modelo se presentará en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.
De forma excepcional, para 2018, el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 233?

Según la orden de Hacienda, estarán obligados a presentar el modelo 233 las guarderías o centros de educación infantil autorizados (artículo 81.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio).

Forma de presentación:

La forma de presentación de estas declaraciones informativas será on line, lo que supone no sólo la transmisión de la información, sino también la validación de la misma de forma simultánea.
Esta sustitución del sistema actual de TGVI (Transmisión de Grandes Volúmenes de Información) al nuevo sistema TGVI on line se aplicará de forma progresiva, afectando, desde el 1 de enero de 2019, a las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 156, 181, 182, 187, 188, 190, 192, 193, 194, 196, 198, 291, 345, 346 y 347.

Ver legislación en el BOE Modelo 179:

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