Impuesto de Sucesiones. Sentencia de la Unión Europea.

asesoria fiscal sucesionesComentar la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 3 de septiembre de 2014 que supone el enésimo varapalo al sistema tributario de nuestro país.

En concreto, la citada sentencia cuestiona el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El punto problemático de la ley y que según el Alto Tribunal europeo viola la legislación comunitaria radica en el hecho del diferente trato fiscal entre los residentes y no residentes europeos al no poder acceder estos últimos a las reducciones y bonificaciones establecidas por las Comunidades Autónomas. Este trato diferente también se produce en el supuesto de que el causante fuera un no residente.

Según el Tribunal, este trato diferencial vulnera la libre circulación de capitales que recogen los tratados comunitarios.

La sentencia establece en su fallo “declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 63 TFUE y 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo de 2 de mayo de 1992, al permitir que se establezcan diferencias en el trato fiscal de las donaciones y las sucesiones entre los causahabientes y los donatarios residentes y no residentes en España, entre los causantes residentes y no residentes en España, entre los causantes residentes y no residentes en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera de éste”.

Las consecuencias prácticas de esta sentencia serán una más que probable reforma del impuesto de sucesiones y donaciones que se incluirá en la amplia reforma prevista para el año 2015 y la posibilidad de recurrir las liquidaciones presentadas o incluso plantearse un expediente de devolución de ingresos indebidos en base a esta sentencia en aquellos supuestos donde se haya aplicado la normativa más desfavorable que ha sido declarada contraria a la normativa comunitaria.

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