Deducibilidad de los Intereses de Demora tributarios. Resolución 04/04/2016.
La Agencia Tributaria publicó en su web un informe que trata de aclarar esta cuestión.
Ahora, con fecha 6 de abril de 2016 ha sido publicada en el BOE la resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos, en relación con la deducibilidad de los intereses de demora tributarios, en aplicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
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