Nuevo Sistema de Cotización de Autónomos. Claves.

asesor laboral cotizacion autonomosEl nuevo sistema de cotización de autónomos en 8 claves.

El Régimen General de Trabajadores Autónomos está a punto de experimentar una de las reformas más importantes que se han acometido nunca con la entrada en vigor de un nuevo sistema de cotización, basado en los rendimientos netos, fruto del acuerdo con los interlocutores sociales CEOE, Cepyme, CCOO y UGT, y con las organizaciones de autónomos ATA, UATAE y UPTA. 

Te resumimos, en 8 puntos clave, los aspectos más destacados de esta reforma:

1.    Entrada en vigor
A partir del 1 de enero de 2023 se despliega progresivamente (durante 3 años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años. 

2.    Cuotas
Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos. 

3.    Tramos
Los 15 tramos que entran en vigor en 2023 son los siguientes:

-Para rendimientos de hasta 670 euros mensuales la cuota puede ser de entre 230 y 260 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 670,01 y 900 euros mensuales la cuota puede ser de entre 260 y 275 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales las cuota puede ser de entre 275 y 357 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales la cuota puede ser de entre 294 y 397 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 1.300,01 euros y 1.500 euros la cuota puede ser de entre 294 y 459 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 1.500,01 y 1.700 euros puede ser de entre 294 y 520 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 1.700,01 y 1.850 euros mensuales la cuota puede ser de entre 310 y 566 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 1.850,01 y 2.030 euros mensuales la cuota puede ser de entre 315 y 621 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 2.030,01 y 2.330 euros mensuales la cuota puede ser de entre 320 y 713 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 2.330,01 y 2.760 euros mensuales la cuota puede ser de entre 330 y 844 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 2.760,01 y 3.190 euros mensuales la cuota puede ser de entre 350 y 976 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 3.190,01 y 3.620 euros mensuales la cuota puede ser de entre 370 y 1.107 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales la cuota puede ser de entre 390 y 1.238 euros mensuales.

-Para rendimientos de entre 4.050,01 y 6.000 euros mensuales la cuota puede ser de entre 420 y 1.266 euros mensuales.

-Para rendimientos a partir de 6.000,01 euros mensuales la cuota puede ser de entre 500 y 1.266 euros mensuales.

4.    Cambios de tramo
Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos (descontando los costes de desarrollar su actividad) hasta seis veces al año.

5.    Cálculo rendimientos
Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). 

6.    Acción protectora
La reforma incluye una importante mejora en el esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia. 

7.    Bajos ingresos
Los autónomos con ingresos más bajos experimentarán una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. Los trabajadores autónomos con rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025.

8.    Cuotas bonificadas
Se fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos. 

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